Micelio
Auto20 de marzo de 2024

A- de 2024

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Seguridad Triunfo Limitada·Demandado Centro De Diagnostico Automotor De Popayan Ltda

Tema · dato duro
Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa-Demandas De Responsabilidad Contractual Contra Sociedades De Economía Mixta Cuya Participación Del Estado Sea Igual O Superior Al 50%
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Demandas de responsabilidad contractual contra sociedades de economía mixta cuya participación del Estado sea igual o superior al 50%
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Popayán y el Juzgado Primero Administrativo de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda declarativa que presentó la sociedad Seguridad Triunfo Ltda. en contra del Centro de Diagnóstico Automotor de Popayán Ltda., para que se declarara la responsabilidad civil contractual y, en consecuencia, se ordenara el pago del valor total de nueve facturas y los correspondientes intereses moratorios.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se aplicó la regla de decisión del Auto 1524 de 2022 mediante la cual se determinó que, las demandas de responsabilidad contractual que se dirijan contra una sociedad de economía mixta en la que la participación del Estado, mediante acciones o cuotas sociales sea igual o superior al 50%, le corresponderán a la jurisdicción de lo contencioso administrativo, de conformidad con el artículo 104 del CPACA.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Primero Administrativo de Popayán para que proceda con lo de su competencia y comunique la decisión a los interesados en este trámite, así como al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  2. Primero. Administrativo de Popayán es la autoridad competente para conocer la demanda interpuesta por Seguridad Triunfo Ltda. en contra del Centro de Diagnóstico Automotor de Popayán Ltda.
  3. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-4589 al Juzgado
  4. Primero. Administrativo de Popayán para que proceda con lo de su competencia y comunique la decisión a los interesados en este trámite, así como al Juzgado
  5. Segundo. Civil del Circuito de Popayán.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.